¿Habéis tenido alguna experiencia personal como parte implicada en algún proceso ante los tribunales de justicia?
Si recordáis, en la primera respuesta que he hecho en este tema era que he iniciado un proceso judicial en el año 2007 con Diseños Inmobiliarios Urbanita en relación con la situación originada por la falta de suministro energético al Edificio Las Peñas I ubicado en San Isidro, que tuvo lugar la vista oral el día 22 de Noviembre de 2007 y que la notificación de la sentencia ante la Ilma. Audiencia Provincial de León es de fecha 21 de febrero de 2008.
En otra respuesta decía que de hacerse firme la sentencia ello me supondría el perder la revalorización del apartamento, estimada en unos 20 millones de pesetas (cantidad equivalente al salario de seis años), las costas del juicio, aparte de los dolores de cabeza, noches sin dormir, problemas familiares,..y la desilusión de una familia puesto que las expectativa que habíamos planteado al comprar este apartamento no se han logrado, pues nos gusta la montaña, tanto a la mujer, a nuestro hijo y a mi, que disfrutamos conjuntamente ya bien esquiando, andando en bicicleta de montaña o haciendo rutas a pié.
También comentaba que tengo 49 años y es la primera vez en mi vida que he tenido un juicio y espero que por la experiencia vivida sea el último.
En el día de hoy faltan dos días para que se cumpla un mes a partir de la fecha en que me notificaron la sentencia, y aún le sigo dando vueltas a la misma, no entiendo desde el punto de vista de ciudadano común como un juez ha llegado a la conclusión que llegó, en la cual soy el culpable del incumplimiento del contrato con Diseños Inmobiliarios Urbanita SL al no subrogarme en la hipoteca del constructor en la fecha fijada para proceder en notaría a la firma de la escritura.
¿Cómo he llegado a esta situación? Situación que no es imprevisible que haya llegado cualquier otro ciudadano en cualquier otro momento.
Resumiendo muy brevemente lo acontecido fue lo siguiente.
1º.- En enero del año 2004 entrego importe estipulado como importe para reserva para la adquisición de vivienda que será construida por Diseños Inmobiliarios Urbanita SL.
2º.- En junio del año 2004 firmo contrato de compraventa de un apartamento duplex de 60 metros cuadrados, mas garaje y trastero con Diseños Inmobiliarios Urbanita SL con fecha inicialmente prevista para la terminación del edificio en el mes de noviembre de 2005, asumiendo la obligación de subrogarme en el préstamo hipotecario del constructor, haciéndome cargo expresamente de cuantos gastos y comisiones se deriven de la citada subrogación, incluida la cancelación de la hipoteca.
3º.- En octubre del año 2006 recibo notificación de Diseños Inmobiliarios Urbanita SL para que realice las gestiones con cualquiera de las 2 sucursales existentes en la villa que vivo para subrogarme en la hipoteca del constructor pues se va a proceder a la entrega de las viviendas.
4º.- Paso por una sucursal de la Caja Rural indicada varias veces y me dicen que no tienen constancia de tal operación y concretamente el 16 de noviembre de 2006 hablo con el director de un préstamo personal de 24.000 euros en lugar de subrogarme en la hipoteca, sobre la cual sigue sin tener constancia.
5º.- A primeros del mes de diciembre recibo llamada telefónica de empleada de Urbanita para fijar fecha para proceder a la firma de la escritura y me dice que tengo la escritura pro forma en una notaría de Oviedo.
6º.- En una conversación telefónica mantenida con dicha empleada le comento que no voy a subrogarme en la hipoteca, que voy a pagar al contado y me dice que para ello debo llevar 2 cheques bancarios, uno con el importe total restante, otro con el importe del IVA y 120 euros en metálico para proceder a los gastos de cancelación de la hipoteca.
7º.- Acordamos el día 29 de enero de 2007para proceder a la firma de la escritura, después de innumerables conversaciones telefónicas y varios burofax para aclarar el tema del suministro energético entre otras cuestiones.
8º.- El día 29 de enero de 2007 el representante de Urbanita para el acto de la firma de la escritura se niega a aceptar los cheques bancarios pues dice que no tiene notificación alguna de esa forma de pago, y que al no estar el representante del banco para proceder a la firma en las condiciones pactadas que eran el que me tenía que subrogar en la hipoteca del constructor, no se podía seguir con el acto pues había incumplido lo pactado en el contrato.
9º.- El día 1 de febrero de 2007 se envío una notificación notarial a Diseños Inmobiliarios Urbanita para requerirle a que fije nuevamente día y hora para elevar a público el documento privado de compraventa, no la escritura pro forma que me ha entregado la notaría.
10.- Como respuesta obtengo día 13 de febrero de 2007 el requerimiento de Diseños Inmobiliarios Urbanita para la resolución del contrato privado de compraventa.
11.- Se contesta que no se está de acuerdo con la resolución del contrato y se le requiere nuevamente para manifestarle nuestra intención de comprar.
12.- Al no existir acuerdo la vista oral tiene lugar el 22 de noviembre de 2007.
13.- La sentencia de fecha 21 de febrero de 2008 falla que se desestima la demanda presentada ante Urbanita de la reclamación del importe correspondiente a la revalorización del apartamento, al haber vendido ya la promotora el apartamento, y que pierdo el 20% de las cantidades abonadas, unos 3.600 euros.
Hoy todavía me pregunto, que con todo lo acontecido desde que se aprobó el Plan Especial del Puerto San Isidro citado en otras respuestas anteriores, ¿soy el único responsable de que me encuentre personalmente en esta situación ante los tribunales de justicia?, ¿Queréis ser el Tribunal Popular que me juzgue?