¿Y declarar en suelo urbano, tal como hizo la Junta de Castilla y León con el plan de desarrollo del Puerto San Isidro, sin energía eléctrica?
¿Y vender unos terrenos declarados suelo urbano, como hizo la Diputación de León, sin energía eléctrica?
¿Y permitir que se construyera en ellos, sin las autorizaciones que debía otorgar la Diputación según contrato de ventas de los terrenos, independientemente de otras autorizaciones, sin energía eléctrica?
¿Y conceder la licencia de obra sin energía eléctrica, tal como autorizó el Ayuntamiento de Puebla de Lillo?
¿Y dicha licencia de obra era provisional?, ¿Hasta cuando?
¿Y los boletines de instalación eléctrica sellados por la Sección de Industria de la Delegación de la Junta de Castilla y León en León, en que figura que el suministrador de energía eléctrica es Iberdrola, cuando realmente no lo es?
¿Y. había notificado por escrito Iberdrola que el punto para conexionarse a su red eléctrica era en Boñar?
Y, ......
Espero que en breve lo aclare la Audiencia Provincial de León.