La tarjeta de federado en montaña, te incluye:
Modalidades de la Licencia Federativa 2005
La FDMESCyL considera el seguro Federativo como uno de los aspectos más importantes de la Licencia por el servicio que presta a los federados en aquellos momentos que más lo necesitan. La amplitud de deportes y garantías lo convierten en un seguro más amplio, recogiendo todas las actividades que podemos practicar en la montaña.
En función de la disciplina deportiva que vayamos a practicar y de donde la desarrollemos podemos optar por diferentes modalidades de seguro.
Modalidad A
Infantiles, juveniles y mayores. Modalidad obligatoria para mayores de 75 años.
Actividades: Excursionismo, campamentos, marchas y senderismo.
Ámbito: España y Portugal.
Modalidad B
Infantiles, juveniles y mayores.
Actividades: Excursionismo, campamentos, marchas y senderismo, rocódromo, alpinismo, montañismo, escalada, barrancos, igloos, bicicleta de montaña, carreras de montaña, esquí de travesía, esquí nórdico, esquí de telemark y rafting.
Ámbito: España, Andorra, Pirineo Francés y Portugal.
Modalidad C
Infantiles, juveniles y mayores.
Actividades: Las mismas que la B.
Ámbito: Todo el mundo, excepto montañas de más de 7000 metros y zonas polares.
Suplementos Adicionales
Es muy aconsejable que los suplementos se pidan al solicitar la licencia, así como también es recomendable que la modalidad escogida en un principio sea la que se vaya a realizar durante todo el año.
Suplemento: Para montañas de más de 7000 metros.
Limitaciones: Exclusivo para federados por la modalidad C.
Suplemento: Esquí de pista.
Limitaciones: Esclusivo para federados por las modalidades B ó C.
Suplemento: Snowboard.
Limitaciones: Exclusivo para federados por la modalidad C.
Suplemento: Espeleología.
Limitaciones: Exclusivo para federados por las modalidades B ó C.
Notas:
En todas las Modalidades existen unos límites de cobertura cuando el siniestro tenga lugar en los países en conflicto bélico o no recomendados que constan en la lista que publica el Ministerio de Asuntos Exteriores.
El nuevo plazo para dar parte a la compañia aseguradora son 7 días desde el momento en que se produce el accidente. Bajo ningún concepto la compañia aseguradora se hace cargo a partir de ese periodo.
Así que para alguien que practique algo de montañismo, BBT, barrancos...etc con la modalidad B o C y un suplemento, estaría totalmente cubierto, en todas las actividades.
No así con el de esquí, que se limita exclusivamente a la práctica de este deporte.