05/04/2026 A LAS 17:15 H

ASUNTOS ABOGADO PARA XARGO Y TODOS LOS USUARIOS

25 Nov 2004 12:28 #45420 por CHILY
Artículo 29.- La Estación puede verse obligada a cerrar al público instalaciones de remontes y pistas por causas técnicas, climatológicas o de otra índole, sin que ello le obligue necesariamente a la devolución del importe del billete o abono a los usuarios.
La palabra "causas tecnicas" hace referencia a que por cualquier causa las instalaciones (observese la nueva instalación) no estuvieran preparadas para dar un minimo de servicios al publico, no se podrian abrir, esto mismo puede dignificar en el sentido de que por obras o motivos similares no acabados o que pusieran en peligro al usuario no se pudieran abrir al publico.
Con lo cual primer caso de la no apertura de la estacion de manera justificada.
La otra palabreja reseñada "de otra indole", hay un gran abanico de posibilidades entre los cuales la obras podrian entrar dentro de su significado y la capacidad de la estacion para no abrir, o mejor dicho la direccion de la estacion por motivos de seguridad o de servicios minimos al usuario.
Lo tienen todo bien agarrado para que nosotros los usuarios no podamos, decir nada.
Capítulo 9
De las reclamaciones

Artículo 38.- La Estación está obligada a comunicar a los usuarios la existencia de un Libro u Hojas de Reclamaciones donde podrá formular las reclamaciones oportunas, siendo imprescindible para ello la presentación del DNI o documento identificativo en caso de extrahjeros y del billete o abono adquirido, así como la consignación del nombre completo y domicilio del reclamante. De toda reclamación consignada, la estación remitirá copia al organismo competente cuando venga obligada a ello, acompañada de un informe, en un plazo inferior a diez días desde la fecha de reclamación.

Creo que esto no tiene, dificultad, en todo establecimiento al publico existen hojas de reclamaciones a disposición del publico para atender cualquier queja.
El no tener el cartel a la vista, el que no tengan, el que no la presenten en un plazo en el organismo pertinente (una vez el usuario la haya rellenado) y el no disponer de ellas ante la peticion de un usuario, es causa de denuncia.

Con relacion al numero de dias que dura la temporada, y la no apertura de la estación por causa "ahora ya justificada" dice lo siguiente:
-La no apertura de una instalacion debe publicarse con antelacion para que todos los usuarios lo sepan.
-La no apertura se debe a una serie de criterios sobre la instalacion y que toma el organismo presente. (Esta dentro de los margenes de la ley)
-Un organismo oficial tiene siempre todo atado para que no puedan sacar provecho de el, ni aventajarlo juridicamente.

Saludos y espero os haya despejado alguna duda. Gracias.
Con todo esto creo que discutir y quejarse entre nosotros es tonteria.

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25 Nov 2004 12:54 #45425 por rufaiter
Si todo el mundo que ha protestado contra un organismo oficial a lo largo de la historia hubiese echo caso a las leyes nunca se habría conseguido nada.
Lo que hay que hacer es iniciar una protesta formal para cambiar esas leyes abusivas que dejan al usuario sin ningun derecho a espensas de lo que decida la estación y a esto no hay derecho.Para ello debemos ser unos cuantos y armar ruido, si es así seguro que conseguimos algo...hay muchas formas de presionar a organismos oficiales y se suelen conseguir cosas, claro está que cuesta trabajo.

"La cabra, siempre tira al monte"

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25 Nov 2004 13:19 #45432 por CHILY
Has dado en el clavo rufaiter, la voz de la gente mucha gente es lo que hace la presion, debemos de ser muchos los que nos quejemos por imcompetencia, pero siempre pasa lo mismo, aqui y en todos los sitios todos hablamos y protestamos pero solo de boca y de escritura nunca con actos. saludos

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25 Nov 2004 18:28 #45531 por CHILY
xargo estas desaparecido??

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25 Nov 2004 19:29 #45557 por ana_rial
Acabo de llegar y leerlo.
El artículo 29 es tan ambiguo que puede abarcar todo y no abarcar nada. Eso según como se defienda y argumente. La cuestión es que a una semana de la apertura no pueden decir que tienen un retraso de dos semanas. Lo que les libra realmente es que no hay nieve suficiente y aun no he visto un anuncio por parte de la Estación (no del periodista de un periódico) que diga que no pueden abrir por motivo de no terminar las obras. Ya lo dije en el anterior hilo y alguien más lo comentó (no recuerdo si fue Tati) que que tipo de obras están sin terminar.
¿La cafetería? Está la vieja, salvo que la hallan desmantelado.
¿La torre de vigilancia? El año pasado no estaba, no creo que sea motivo.
¿Las oficinas? ¿No valen las actuales como están haciendo hasta ahora?
¿Puesto médico? Sigue el de Salencias, si hasta el año pasado servía...
Ah, ya me doy cuenta, la oficina del director no está terminada. Eso es lo importante.


Lo más importante. ¿Los remontes? En su página oficial en "Parte de nieve" con fecha del 2/11/04 dice: "Remontes en servicio"

Pero insisto en la apreciación de que "oficialmente" la estación no ha dicho esta boca es mía. Habrá que esperar.

Y lo que contestan otros, las leyes se hacen, pero también se cambian. Las condiciones contractuales se firman pero más de un juez las tiró abajo por abusivas y nadie se rasga las vestiduras. Y el reglamente ATUDEM que es de régimen interno para las estaciones miembros lo han elaborado ellos, no se iban a pillar las manos, y eso pueden ser consideradas condiciones abusivas, no justificadas, obrar de mala fe, etc. Desde luego los abogados europeos tenían que ir a hacer un master a USA para ver como se ganan la vida los mismos con pleitos de reclamaciones.

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25 Nov 2004 19:48 #45566 por Barri
Buenas.

Esa ley (que no se cual es, pero que imagino que se trata de alguna especial para San Isidro) está muy bien para regular el funcionamiento de la estación y las obligaciones de la misma de cara a los usuarios,

Pero nada impide, al amparo de muchas otras normas más generales, por ejemplo el Código Civil o, sobretodo, las leyes de defensa de los consumidores o usuarios (suelen ser autonómicas, como en el caso de Castilla y León), reclamar ante la oficina de consumo pertinente o incluso judicialmente en caso de incumplimiento y solicitar la indemnización de los daños y perjuicios causados que, eso sí, habrá que acreditar. Y ello incluos cuando a primera vista parezca que la actuación de la estación está amparada por esa primera Ley.

No se muy bien de qué va el asunto, porque sólo leo esporádicamente los foros y estos días me suelo limitar a los de las nevadas previstas... esos de Klevel :wink: , así que si no viene al caso mi comentario, pido disculpas (y si necesitáis alguna aclaración o información más concreta, pues encantado estaré de darla)

Un saludo a todos.

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26 Nov 2004 03:29 #45688 por CHILY
Me parece muy coherente tu respuesta, pero aunque es cierto que hay leyes por cambiar y han cambiado o se pueden hacer cambiar, lo que esta claro esque hoy por hoy no podemos hacer nada. Y por desgracia es cierto

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