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400 (II)

27 May 2008 14:39 #199421 por JavierR
400 (II) Publicado por JavierR
Estimad@s forer@s.
En su día pegaba botes por los 400€ que nos iba a “regalar” ZP cada año. ES MENTIRA. Acaba de salir la reglamentación ayer. Aquí os la pongo.

Nota informativa: Deducción de 400 € para IRPF 2008
El Real Decreto-ley 2/2008, de 21 de abril, de medidas de impulso a la actividad económica (BOE del 22), ha establecido una nueva deducción de la cuota líquida del IRPF, con efectos desde el 1 de enero de 2008, cuya cuantía es de hasta 400 euros anuales y que podrá ser aplicada por los contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo o de actividades económicas en las condiciones previstas en la norma.
Con objeto de que los perceptores de rendimientos del trabajo y de actividades económicas vean anticipados los efectos de la nueva deducción sin tener que esperar a la presentación de las declaraciones del IRPF del ejercicio 2008, el Consejo de Ministros ha aprobado el día 23 de mayo un Real Decreto en el que se establecen los mecanismos para que el importe de dicha deducción se tenga ya en cuenta a efectos de determinar el importe de las retenciones sobre los rendimientos del trabajo que se les satisfagan a partir del día 1 de junio del año 2008, así como al calcular la cuantía de los pagos fraccionados que los contribuyentes que realicen actividades económicas deban efectuar por el segundo y sucesivos trimestres del presente año.
En relación con la mencionada deducción y su aplicación en 2008 interesa destacar los siguientes aspectos:
Al haberse establecido sus efectos a partir del día 1 de enero de 2008, la deducción de 400 euros no resulta aplicable en la Campaña de Renta 2007.
Sólo resulta aplicable a los contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo (incluidos pensionistas) y de actividades económicas en los términos previstos en la norma.
Se configura como una deducción de la cuota líquida del IRPF.
La anticipación de sus efectos económicos a 2008 se efectúa mediante la reducción de las retenciones del trabajo que soportan los trabajadores y pensionistas y de los pagos fraccionados a ingresar por actividades económicas, de la siguiente forma:
d.1) Trabajadores y pensionistas:
Nómina del mes de junio de 2008: las retenciones se reducirán en 200 euros, como máximo. Por tanto, un trabajador que fuese a soportar una retención de 750 euros en junio de 2008, realmente solo soportará una retención de 550 (750-200). Si fuese a soportar una retención de 180, realmente no se le retendrá nada.
Nóminas de los meses de julio a diciembre de 2008: disminución del tipo de retención en la cuantía necesaria para completar la reducción de las retenciones de 2008 hasta los 400 euros. En el primer ejemplo del guión anterior, el trabajador tiene 200 euros pendientes (400-200) mientras que en el segundo caso tiene 220 (400-180).
Los trabajadores y pensionistas que no estuviesen soportando retenciones durante el año 2008 no podrán ver anticipados los efectos económicos de la nueva deducción, sin perjuicio de la aplicación de la misma cuando presenten la declaración del IRPF correspondiente a dicho año, en los términos previstos en la norma.
Para facilitar la aplicación de la medida la Agencia Tributaria va a desarrollar las siguientes actuaciones:
Puesta a disposición de los obligados a retener de un programa de ayuda para el cálculo de las retenciones que podrá ser utilizado a partir de julio (en junio la reducción de retenciones es lineal: 200 euros o una cantidad inferior si la retención que se fuese a practicar antes de la entrada en vigor de la medida fuera inferior a dicho importe). Este programa estará disponible desde primeros de junio.
Envío de una carta informativa a los obligados a retener explicándoles la novedad normativa y el procedimiento a seguir para aplicarla.
Contactos con los profesionales tributarios y organizaciones empresariales para facilitar la celebración de las sesiones informativas que se consideren precisas.
d.2) Empresarios y profesionales:
Reducción de hasta 200 euros en el pago fraccionado del segundo trimestre de 2008, y de 100 euros en los pagos fraccionados de cada uno de los dos trimestres siguientes.
La cantidad no reducida en un trimestre por insuficiencia del importe del pago fraccionado, podrá reducirse en los pagos fraccionados de los trimestres siguientes del mismo año.

Resumiendo: para un probo trabajador, como por ejemplo, YO, ZP no regala nada. Simplemente, en la nómina de Junio te retienen 200€ menos-como máximo (tendrás más dinero eso sí) y hasta final de año 50€ en cada mes.
Para los autónomos: podrán deducir 200€ en el pago del segundo trimestre y 100€ en los dos siguientes.
¿Cuál es el truco?
Pues que tendremos más dinero en el segundo semestre de 2007, pero a la hora de la declaración del año que viene, esa retención que nos han “adelantado” no la podremos reclamar ya que no nos la han efectuado.
Por ejemplo: A alguien que toque a devolver este año 500€ en la declaración de la renta, el año que viene que cuente con sólo 100€.

El efecto viene a ser un poco a compensar lo uno con lo otro: si te devuelven 500€ del año pasado para el verano, lo tienes para gastar en el verano. Ahora, el año que viene, te devolverán 100€, aunque también tendrás esos 200€ de más que no te retendrán el año que viene, por lo que en realidad el efecto práctico es que tendrás 200€ menos para el verano del 2009, pero 50€ más cada mes antes de acabar el año. Parece complicado, pero no lo es…

¡Y yo que ya me veía mis vacaciones pagadas…! :verymad:

Aparte, que yo creo que nos están engañando vilmente. Por un lado, nos lo tratan de vender como “deducción”, cuando se trata de una mísera disminución en la retención, o una deducción en la retención, que a mi modesto entender viene a ser lo mismo.

Lo que no entiendo es porque luego se quejan en el Gobierno de que con el “adelanto” de estas retenciones el margen de maniobra ha quedado prácticamente en nada. ¿O será un engañabobos?


Saludos,,,

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27 May 2008 14:53 #199425 por susana1
Respuesta de susana1 sobre el tema Re: 400 (II)
creo q es como lo que daban a las madres trabajadoras 100euros al més durante nosé cuanto, q luego a la hora de hacer la declaración te lo quitaban, o una cosa así, no estoy muy puesta en eso.

yo sé q lo del borrador de la declaración es un chanchullo,
me mandan el borrador, diciendo q me devuelven 53 euros, y lo reclamo en hacienda y ahora me corresponden 284. Como es eso??

un saludo a todos.

un verdadero amigo es aquel que cree en tí, aunque tú hayas dejado de creer en tí mismo.

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27 May 2008 14:55 #199426 por Nesert
Respuesta de Nesert sobre el tema Re: 400 (II)
y si por ejemplo a mi me devuelven 200E este año, el año que viene me toca pagar??? 8O

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27 May 2008 14:57 #199427 por Nesert
Respuesta de Nesert sobre el tema Re: 400 (II)


yo sé q lo del borrador de la declaración es un chanchullo,
me mandan el borrador, diciendo q me devuelven 53 euros, y lo reclamo en hacienda y ahora me corresponden 284. Como es eso??

un saludo a todos.


Totalmente de acuerdo, a mi el año pasado me tocaba pagar 8 euros, hice la declaración por mi cuenta, y me devolvieron 800, TOMA!!!, y este año el borrador me viene a 0, COSA RARA RARA

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27 May 2008 14:58 #199428 por JavierR
Respuesta de JavierR sobre el tema Re: 400 (II)
No es como lo de los 100€ de las madres trabajadoras.
Eso te lo daban y luego lo declarabas.
Esto te lo "adelantan", pero luego te devuelven de menos.
Y en cuanto a tu borrador.... :lol: ¿Quién te manda reclamar...?
Saludos, y no te me enfades... :wink:
De todas formas, decirte que si Hacienda te manda un borrador no significa que esté bien. Yo recuerdo de hacer consultas en Hacienda, llamar a los dos días y darme una respuesta totalmente diferente a la anterior.
Y te recuerdo, que las consultas a Hacienda NO SON VINCULANTES... :no:

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27 May 2008 14:59 #199430 por JavierR
Respuesta de JavierR sobre el tema Re: 400 (II)

y si por ejemplo a mi me devuelven 200E este año, el año que viene me toca pagar??? 8O

No devuelven: retienen de menos.
Y si a lo largo del año te retuvieron de menos, pues tendrás que pagar...
Saludos,,,

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27 May 2008 15:04 #199432 por Un invitado
Respuesta de Un invitado sobre el tema Re: 400 (II)
a mi aun no me han enviado el borrador y estoy ansioso!!!
aver cuanto me devuelven...

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27 May 2008 15:08 #199435 por susana1
Respuesta de susana1 sobre el tema Re: 400 (II)
javier, creo q no me has entendido
en el borrador me salía a devolver a mi favor 53 euros, y al hacerlo por hacienda me devuelven a mi favor 284 euro. :wink:

un verdadero amigo es aquel que cree en tí, aunque tú hayas dejado de creer en tí mismo.

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27 May 2008 18:23 #199483 por JavierR
Respuesta de JavierR sobre el tema Re: 400 (II)

javier, creo q no me has entendido
en el borrador me salía a devolver a mi favor 53 euros, y al hacerlo por hacienda me devuelven a mi favor 284 euro. :wink:

:oops: Jeje... ahora sí. Saludos,,,

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27 May 2008 18:24 #199484 por JavierR
Respuesta de JavierR sobre el tema Re: 400 (II)

a mi aun no me han enviado el borrador y estoy ansioso!!!
aver cuanto me devuelven...

Pues ya va siendo hora: yo ya hice las 2 declaracione sy ya me han devuelto las dos,,, :yes:

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